lunes, 27 de julio de 2015

Beca Bonifacio de Carril 2015 | Hasta el 31 de julio


Academia Nacional de Bellas Artes
ARTES VISUALES

La Academia Nacional de Bellas Artes convoca a los artistas visuales menores de 40 años a postularse a la Beca de perfeccionamiento artístico Bonifacio del Carril 2015, destinada a las Artes Visuales.
La beca tendrá una duración de hasta 6 meses a cumplirse en cualquier provincia de la República Argentina.
Los postulantes deberán ser argentinos, menores de 40 años y las solicitudes serán individuales, por lo que no se otorgarán becas compartidas.

Documentación: Cada participante deberá completar la planilla
de inscripción que se encuentra anexa al reglamento y presentar una carpeta con su curriculum vitae, antecedentes y un CD con obras reproducidas.
Plan de estudio: Los postulantes deberán presentar un plan de estudio de perfeccionamiento que podrá realizar en una institución, taller o docente elegido por el solicitante. En cualquiera de los casos se deberá presentar una carta de aceptación firmada por la institución o el docente a cargo.
En el plan deberá constar una reseña sobre el curso, el tiempo de duración y un detalle estimado de los gastos.

Monto de la Beca: El beneficiario recibirá por todo concepto la cantidad de hasta $40.000.- que podrá ser destinado a cualquiera de los aspectos relacionados con el plan de estudio: Honorarios académicos, viáticos, alojamiento, etc.
El modo de pago será en cuotas acordadas de antemano con el becario, según las necesidades del proyecto presentado. Al momento de hacerse efectiva la beca, el beneficiario deberá contar con una Caja de ahorro a su nombre en cualquier entidad bancaria del país. Será imprescindible contar con facturación.

Recepción: Las solicitudes se recibirán hasta el 31 de julio del corriente año, en la sede de la Academia Nacional de Bellas Artes: Sánchez de Bustamante 2663, piso 2º (1425) CABA.
Una vez expedido el jurado y dado a publicidad el dictamen correspondiente, se otorgará un plazo a los interesados no seleccionados de sesenta días corridos para que retiren, personalmente o por mandatario acreditado, la documentación presentada. Vencido dicho plazo, la ANBA dispondrá de la misma sin derecho a reclamo alguno por parte de los interesados.

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